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Asia Pacífico | Observatorio Parlamentario

La ley de carreteras en Australia que regula la publicidad en caminos públicos

18 mayo 2016

Como una forma de reducir los accidentes de tránsito y respetar el medioambiente, la publicidad está restringida a ciertos lugares que no distraigan a los conductores, no interfieran con las señalizaciones del tránsito y sean compatibles con el paisaje.

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A propósito de la aprobación del proyecto presentado por la Comisión de Obras Públicas del Senado, que modifica las normas de seguridad para la instalación de dispositivos de publicidad en caminos públicos y áreas contiguas, buscamos en el Asia una experiencia que pudiera darnos luces sobre cómo se ha regulado este asunto, y qué elementos se podrían relevar. En esta exploración, la Ley de Carreteras en Nueva Gales del Sur nos muestra cómo a través de una guía de buenas prácticas se puede lograr una proporción adecuada de publicidad, en relación con las señales del tránsito. Más de esta política y su desempeño actual, en la siguiente nota.

Publicidad con el consentimiento de la autoridad vial

En Australia, la Ley de Carreteras –promulgada en 1993- determina quién controla y administra las autopistas y caminos. La Autoridad de Tráfico y Caminos (RTA) es la autoridad que regula, gestiona y controla todos los caminos del estado, tanto las modernas autopistas como los caminos libres que no han sido incorporados en la red oficial. Según sus propios registros, este organismo controla más de 21 mil kilómetros.

La mencionada legislación sobre carreteras, determina que la RTA es la única institución que debe velar por la seguridad en las carreteras, por lo tanto además de autorizar la instalación moderada de vallas u otros mensajes publicitarios, debe encargarse de eliminar aquellas que son peligrosas, como también objetos u obstáculos que constituyan un peligro para la seguridad en el tráfico, ya sea porque distraen a los conductores, o bien impide que los conductores vean con claridad los dispositivos de control del tráfico.

Además de esta legislación, el estado de Nueva Gales del Sur a raíz de una serie de accidentes ocurridos a finales de la década de los noventa, se implementó la Ley de Evaluación, legislación creada bajo la Ley de Planificación Medioambiental. Su propósito es centrarse en las vallas publicitarias en carreteras, para ello la RTA de dicho estado desarrolló la política de Planificación de Publicidad y Señalización (Peps), un programa acotado específicamente a las carreteras y caminos de Nueva Gales del Sur, pero en coordinación permanente con el Ministerio de Planificación y de Transporte.

Esta política de planificación determina criterios claros para la instalación de publicidad en las carreteras, donde se encuentran:


  • Toda la publicidad y señalización comercial debe ser compatible con el paisaje y carácter visual de la zona, además de proporcionar una comunicación eficaz en lugares adecuados y con calidad en el diseño.
  • Se puede regular la señalización, aunque no el contenido, según la planificación ambiental y la Ley de Evaluación.
  • Contar con el consentimiento de la autoridad y ser limitada en cuanto al tiempo de exposición


Adicionalmente, con el fin de complementar la política de Planificación de Publicidad y Señalización, el Ministerio de Planificación publicó un documento denominado Directrices de Buenas Prácticas, con el fin de identificar los distintos tipos de publicidad y guiar la aprobación de las vallas en las carreteras. Para ello, estas directrices realizan una serie de definiciones sobre qué tipos de letreros son los que pueden ubicarse alrededor de los caminos y carreteras, además de cumplir con la función de homologar una terminología en todos los organismos del Estado. Estos tipos de publicidades son:


  • Anuncio: cualquier signo que esté sujeto a las disposiciones y que no cubra edificios, señaléticas de identificación, o mensajes a los vehículos en marcha
  • Identificación de negocio. Esta señal que incluye información sobre la actividad de la empresa, los tipos de servicios y productos, solo puede construirse en la edificación del negocio, no en otro lugar.
  • Publicidad al interior de las estaciones de trenes, túneles de ferrocarril o estaciones de autobuses

De esta manera, cualquier empresa o firma de publicidad que quiera invertir en carreteras tiene estos criterios claros de dimensión, proporción y seguridad como referencia a la hora de tomar una decisión.

Valoración de la experiencia australiana en la regulación de publicidad en carreteras

Una evaluación positiva de las regulaciones llevadas a cabo en Australia realizó Marcelo Kunstmann, publicista con experiencia en vallas en carreteras. Según su opinión, la regulación de los espacios publicitarios realizada en Nueva Gales del Sur es algo necesario, ya que puede ocasionar distracciones innecesarias.

“Hay toda una lógica con los billboards porque son efectivos para llamar la atención de los transeúntes, pero esa efectividad depende del lugar donde se instalen, por ejemplo si están encima de la carretera no logran el mismo efecto que si están a una distancia más lejana. A esto se suma que en carreteras se deben usar logos, expresiones o formas que son más explícitas a los anuncios en revistas o afiches, porque la idea es que el conductor mire una imagen en una fracción de segundo y pueda enterarse del mensaje. Por eso estoy de acuerdo con que una norma de esta naturaleza porque evite la sobrecarga de información que puede ser muy distractiva para los conductores”, señaló.

En cuanto a la importancia de la seguridad en las carreteras y el rol de los anuncios comerciales, el publicista explicó los riesgos que una señalización desproporcionada podría ocasionar en el tránsito. “Es destacable que en esa normativa se respete el derecho de libertad para generar contenidos creativos, pero en estos espacios la emisión del mensaje debe ser consciente con todos los tipos de conductores, porque hay muchos que pueden leer un mensaje largo en la carretera mientras fuman y hablan por celular, pero hay muchos otros que no tienen las mismas habilidades, por lo tanto las vallas tienen que considerar a todo tipo de gente”, agregó.

Adicionalmente, Kunstmann se refirió al perjuicio que este tipo de elementos produce en los espacios públicos y a lo acertado de la legislación australiana en cuanto a regular la temporalidad de las vallas. “Desde el punto de vista urbanístico, no podemos llenar las carreteras porque hay cierta armonía ambiental que debe respetarse. Me parece que lo que plantea la legislación australiana resuelve algo importante a mi modo de ver, que es evitar que los carteles se queden durante mucho tiempo en mal estado, eso no contribuye a la estética de las zonas rurales”, enfatizó.

Intención de legislar en nuestro país

Desde enero de 2015 la Comisión de Obras Públicas del Senado ha venido recabando opiniones con el fin de legislar una moción parlamentaria que regule el avisaje y las vallas publicitarias en las carreteras y caminos públicos, debido a la proliferación de estas y al aumento de las probabilidades de accidentes. A este hecho se suma que en la mayoría de las veces, ni las municipalidades ni el Ministerio de Obras Públicas han podido regular este problema.

En la última sesión especial de la comisión, realizada el 19 de abril de 2016, se aprobó el primer trámite de proyecto de ley para modificar las normas de seguridad para la instalación de toda clase de dispositivos de publicidad en caminos públicos y franjas aledañas. El proyecto plantea cuatro puntos fundamentales:

  • 1) Se prohíbe la colocación de letreros y anuncios publicitarios a menos de 500 metros de los caminos.
  • 2) Los letreros con iluminación y animación requieren de un estudio técnico realizado por un ingeniero de transportes o en prevención de riesgos.
  • 3) Las contravenciones a esta norma serán sancionadas con multas en UTM
  • 4) Apenas entre en vigencia la ley, quienes tengan instalados los letreros tendrán un plazo de seis meses para retirarlos.

De esta manera quedan excluidos todos los anuncios publicitarios y de propaganda dentro de la llamada faja fiscal de los caminos públicos.


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